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4 may 2010

CCO (Con copia oculta)

LA AEPD SANCIONA POR ENVIAR CORREOS ELECTRÓNICOS A VARIOS DESTINATARIOS SIN COPIA OCULTA
La Agencia Española de Protección de Datos ha sancionado a una compañía eléctrica por enviar un correo electrónico a varios destinatarios sin copia oculta.

El denunciante había solicitado información a través del correo electrónico acerca de las nuevas tarifas de la empresa que procedió a contestarle a través del mismo medio pero en el correo de respuesta se incluían un total de 28 direcciones más de forma visible por todos. En base a estos hechos el cliente denuncia a la compañía porque considera que se ha hecho pública su dirección de correo electrónico a todas las demás personas a las que se destinaba el correo informativo.

La Agencia Española de Protección de Datos inicia un procedimiento sancionador que se resuelve con la imposición de una sanción a la compañía eléctrica como consecuencia de vulnerar el deber de secreto que la normativa vigente en materia de protección de datos impone a todo Responsable de fichero:
Artículo 10 (LOPD). Deber de Secreto

El responsable del fichero y quienes intervengan en cualquier fase del tratamiento de los datos de carácter personal están obligados al secreto profesional respecto de los mismos y al deber de guardarlos, obligaciones que subsistirán aun después de finalizar sus relaciones con el titular del fichero o, en su caso, con el responsable del mismo.

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