(Las iniciales de la foto ML "Mauricio Laperal" y el año 1951 es la fecha de la construccion del cumo")
El Consejo de Gobierno ha aprobado el anteproyecto de la Ley Reguladora de los Concejos Abiertos en Aragón, de aplicación a los municipios y entidades locales menores de Aragón, impulsada por el Departamento de Política Territorial, Justicia e Interior. El objetivo es facilitar el gobierno y administración de muchos municipios que han mostrado dificultades en la aplicación de este régimen con sus actuales requisitos. Se trata de dar respuesta, dentro de la autonomía municipal, a los problemas que les plantea el régimen de Concejo Abierto para su funcionamiento y ofrecerles la posibilidad de que puedan regirse por el sistema de democracia representativa.
El régimen de Concejo abierto consiste en que el gobierno y administración corresponde a una Alcalde y a una Asamblea, integrada por todos los electores del municipio y que se aplica a los municipios con menos de 100 habitantes, a los que lo consideran aconsejable para su mejor gestión, además de los que lo tienen por tradición en virtud de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.
El régimen de Concejo abierto consiste en que el gobierno y administración corresponde a una Alcalde y a una Asamblea, integrada por todos los electores del municipio y que se aplica a los municipios con menos de 100 habitantes, a los que lo consideran aconsejable para su mejor gestión, además de los que lo tienen por tradición en virtud de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.
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